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Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 12.ª, 576/2014, de 30 de septiembre. Recurso 221/2013

Ponente: MYRIAM SAMBOLA CABRER
SP/SENT/786196
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 La condena al padre por agresiones a la madre en presencia de los hijos es causa de privación de la potestad parental, como recoge el art. 236-6 CCCat, como incumplimiento grave de sus deberes parentales
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 La estancia en prisión no exime al progenitor de subvenir las necesidades de sustento y alimentación de sus hijos
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 El incumplimiento grave y reiterado de las obligaciones paternofiliales puede comprometer el desarrollo integral de los menores y la evolución de su personalidad, por lo que en atención a su interés se mantiene la privación de la potestad parental
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: "ESTIMAR la demanda interpuesta por Dña. Modesta , representada por la Procuradora Dña. Maria Teresa Bofias Alberch y defendida por el Letrado D. Gerard Puntí Jofre, contra D. Domingo , representado por el Procurador D. Miquel Ylla Rico y defendido por el Letrado D. Josep Maria Parets Brugada, siendo parte el Ministerio Fiscal, acordando la modificación de las medidas definitivas establecidas en la Sentencia de 2 de noviembre de 2009 (guarda y custodia de menores 354/2009) del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Vic , en el sentido de dejar sin efecto las mismas, y privando de la potestad parental a D. Domingo respecto de los menores Joaquín e Oscar , y la práctica de los asientos que correspondan.
Todo ello sin especial pronunciamiento en cuanto a las costas".
SEGUNDO.- Contra la anterior sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado; se dio traslado a la contraria, con el resultado que obra en las actuaciones, y se elevaron las mismas a esta Audiencia Provincial.
TERCERO.- Se señaló para votación y fallo el día 17 de septiembre de 2014.
CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dña. MYRIAM SAMBOLA CABRER.
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