CARGANDO...

Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 12.ª, 533/2014, de 3 de septiembre. Recurso 461/2013

Ponente: JOSE PASCUAL ORTUÑO MUÑOZ
SP/SENT/786203
Gestión Documental
 Cuando las medidas se adoptaron por convenio regulador en el que las partes no hicieron constar las bases de sus acuerdos, se exige a quien solicita la reducción de los alimentos probar tanto la circunstancias de entonces como las actuales
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 La Magistrada de 1ª Instancia que se ha limitado a exigir el cumplimiento de la ley al demandate en lo que se refiere a los principios sobre la distribución de la carga de la prueba en los procesos sobre modificación de medidas
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 En virtud del art. 752 LEC se ha introducido la prueba sobre la situación de desempleo del padre, sin que se haya rebatido, así, se reduce la alimenticia a 350€; además la cantidad pactada era superior al baremo orientativo de la Tablas del CGPJ
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: " Estimo parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales Dª Laura Espada Losada en nombre y representación de D. Alexis contra Dª Socorro representada por el Procurador D. Jesús Sanz López en el sentido de modificar la sentencia dictada en este Juzgado el 15 de Julio de 2010 (autos 174/2010) únicamente respecto del régimen de estancias entre la menor Antonieta y su padre que quedará establecido en fines de semana alternos desde el viernes a la salida del colegio hasta las 21 horas del domingo momento en el que el padre deberá reintegrarla al domicilio materno. En el mismo sentido se modifica el régimen intersemanal concretando un tarde cada semana, a establecer de mutuo acuerdo y en su defecto los miércoles, desde la salida del colegio hasta las 21 horas. No procede modificar la pensión alimenticia. No procede imponer las costas procesales".
SEGUNDO.- Contra la anterior sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado; se dio traslado a la contraria, con el resultado que obra en las actuaciones, y se elevaron las mismas a esta Audiencia Provincial. Habiéndose solicitado, se practicó prueba en esta alzada, con el resultado que obra en el rollo.
TERCERO.- Se señaló para votación y fallo el día 24 de julio de 2014.
CUARTO.- En el presente procedimiento
También puedes adquirir este documento o suscribirte para acceder a todos los contenidos