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Familia y Sucesiones

AP Girona, Sec. 1.ª, 265/2014, de 3 de octubre. Recurso 406/2014

Ponente: NURIA LEFORT RUIZ DE AGUIAR
SP/SENT/790590
Gestión Documental
 Se condiciona el régimen de estancias y comunicaciones con el padre a que se someta a un tratamiento terapéutico que le permita superar las adicciones, debiendo acreditar en ejecución de sentencia su abstinencia del consumo de sustancias
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el Juzgado Primera Instancia 6 Girona (ant.CI-7), en los autos nº 548/2013, seguidos a instancias de Dª. Soledad , representada por el Procurador D. JORDI CORBALÁN DILMÉ y bajo la dirección de al Letrada Dª. ISABEL COLOM VIDAL, contra D. Juan Ignacio , representado por la Procuradora Dª. NÚRIA ORIELL COROMINAS, bajo la dirección de la Letrada Dª. IRENE MACHARÉ ALBERNI; y siendo parte el MINISTERIO FISCAL, se dictó sentencia cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: " FALLO: Que ESTIMO parcialmente la demanda formulada por el Procurador D. Jordi Corbalán Dilme, en nombre y representación de Dª. Soledad , y ACUERDO las siguientes medidas definitivas en relación con los hijos menores de la pareja Domingo y Cristina :
1).- La atribución de la guarda y custodia de los hijos menores a la madre Dª. Soledad , ejerciendo la misma la potestad parental de forma exclusiva sobre los mismos.
2).- No se establece por el momento régimen de estancias y comunicación del Sr. Juan Ignacio con sus hijos menores Domingo y Cristina hasta que el padre se someta a tratamiento terapéutico para solucionar y superar su adicción y los técnicos competentes emitan un informe acreditativo de su total abstinencia y finalización del tratamiento con metadona.
3).- En concepto de alimentos para los hijos menores Domingo y Cristina , D. Juan Ignacio entregará a Dª. Soledad la cantidad mensual total de 180 euros dentro d
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