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Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 18.ª, 662/2014, de 8 de octubre. Recurso 702/2013

Ponente: MARIA DOLORES VIÑAS MAESTRE
SP/SENT/791212
Gestión Documental
 Extinción de la pensión alimenticia a cargo del padre, la madre, con quien convive la hija mayor de edad, no ha acreditado que continúe con su formación o que si no lo hace es por causas no imputables a ella
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia apelada de fecha 243/2012 es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda presentada por el Procurador de Don Eduardo Rafael Entralla Martínez en representación de Don Luis Francisco , frente a Doña Francisca representada por el Procurador Don Andreu Carbonell Boquet, debo acordar y acuerdo mantener la pensión de alimentos a favor de la hija común, acordada por sentencia en fecha 24 de noviembre de 2004 , quedando establecida de la siguiente forma:
En concepto de alimentos para la hija mayor de edad Dª. Maribel , Don Luis Francisco abonará la cantidad mensual de doscientos euros (200 euros), dentro de los cinco primeros días de cada mes. Dicha cantidad se actualizará el primero de enero de cada año en base al I.P.C. que establezca el Instituto Nacional de Estadística u Organismo que le sustituya para El padre ingresará dicha cantidad en la cuenta bancaria en que se venía abonando hasta el momento, o la que le indique la hija.
En atención a los intereses en litigio no procede realizar especial imposición de costas.
SEGUNDO.- Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandante, mediante su escrito motivado, dándose traslado a la parte contraria que se opuso e impugnó la sentencia; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
TERCERO.- Se señaló para votación y fallo e
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