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Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 18.ª, 678/2014, de 15 de octubre. Recurso 775/2013

Ponente: MARIA DOLORES VIÑAS MAESTRE
SP/SENT/792568
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 Ante la ausencia de relación continuada entre padre e hija de 14 años, que no es imputable a la madre, se establece un régimen inicial sin pernoctas que podrá ampliarse en caso de resultar beneficioso para la menor
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 Son previsibles y, por ello, no extraordinarios, los gastos conforme a los cuales se fijan los alimentos, los de libros y material escolar, uniformes, salidas y campamentos y las actividades extraescolares que se vengan realizando
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia apelada de fecha 17 de diciembre de 2012 es del tenor literal siguiente: ""FALLO: ESTIMO PARCIALMENTE LA DEMANDA de GUARDA Y CUSTODIA, Y ALIMENTOS, interpuesta por Dª. María Antonieta , representada por el Procurador Dº. Jordi Dalmau Ribalta y, defendida por la Letrada Dª. Mª. Rosa Piqué Reche contra Dº. Carlos Ramón representado por la Procuradora Dª. Marta Peña Ventura y asistido por la Letrada Dª. Mª. Assumpció Perlas Gallart,
En consecuencia ACUERDO LAS SIGUIENTES MEDIDAS :
A) Se atribuye la 0guarda y custodia de la menor Constancio, a Dª. María Antonieta, siendo atribuida la 0patria potestado a ambos progenitores conjuntamente, los cuales deberán tomar de forma conjunta todas aquellas decisiones relativas a la vida cotidiana de la menor y, por tanto les corresponde la toma de decisiones de común acuerdo respecto de los aspectos que afecten a la formación, educación y salud de la menor.
B) Se fija a favor del padre Dº. Carlos Ramón el siguiente régimen de visitas, en virtud del cual tendrá en su compañía a su hija los fines de semana alternos de acuerdo con el siguiente régimen que se fija con carácter progresivo del siguiente modo :
1º. El primer fin de semana alterno tendrá a su hija en su compañía desde el sábado a las 10:00 horas hasta las 18:00 horas del mismo día.
2º. El segundo fin de sem
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