CARGANDO...

Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 12.ª, 646/2014, de 23 de octubre. Recurso 671/2013

Ponente: ELENA FARRE TREPAT
SP/SENT/793636
Gestión Documental
 Variación sustancial de las circunstancias que se tuvieron en cuenta al fijar la pensión alimenticia en el convenio, dado el mayor tiempo de permanencia de la hija, ya mayor de edad, con su padre, pues supone un incremento de los gastos para él
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: "Que estimando parcialmente la demanda sobre modificación de medidas reguladoras de la crisis matrimonial, promovida por D. Blas , debo establecer las siguientes medidas, declarando la subsistencia de las que no se mencionan: se sustituye la guarda y custodia exclusiva de la demandada, respecto de la hija común Otilia , así como régimen de visitas paterno, establecidos en la sentencia de divorcio dictada en el procedimiento número 873/2009 de este juzgado, por períodos quincenales, desde la salida del centro escolar, el lunes, hasta su entrada, en la siguiente quincena, si bien la hija pernoctará un día por semana, que, de no haber acuerdo, sería los miércoles, en el domicilio del progenitor al que no correspondiere la quincena. Las visitas en los periodos vacacionales escolares quedarán de la misma forma en que se pactaron en el convenio renovador de divorcio, entendiéndose que el primer período vacacional de Navidad y semana Santa corresponderá al progenitor que hubiera tenido consigo a la menor en la última quincena, y el segundo periodo, al otro progenitor (nada se acuerda respecto de las vacaciones escolares veraniegas, pues la menor contará ya entonces con 17 años de edad, momento a partir del cual el régimen de estancias con cada progenitor será flexible). El comienzo de este régimen se hará efectivo al finalizar las habituales visitas de próximo período vacacional de Navidad, por lo que el progen
También puedes adquirir este documento o suscribirte para acceder a todos los contenidos