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Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 12.ª, 603/2014, de 8 de octubre. Recurso 1563/2012

Ponente: JOAQUIN BAYO DELGADO
SP/SENT/793909
Gestión Documental
 La guarda compartida por día alternos es la mejor solución: ambos progenitores están capacitados, tienen horarios equivalentes y una adecuada distribución de los tiempos evita las ocasiones de conflicto
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 No es necesario nombrar un coordinador parental, pues los progenitores pueden ejercer sus funciones sin ayuda de un tercero, pero es adecuada la mediación para encauzar los aspectos en que no coinciden
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: " Que estimando parcialmente la demanda sobre modificación de medidas reguladoras de la crisis matrimonial, promovida por Epifanio , debo establecer las siguientes medidas, declarando la subsistencia de las que no se mencionan: se aumenta el régimen de visitas entre la hija menor Carolina y el actor, establecido en el procedimiento número 147/07 de este juzgado, de manera que los fines de semana o festivos intersemanales en periodo lectivo comenzarán a la salida del centro escolar el viernes o víspera del festivo y acabarán a la entrada del centro escolar el lunes o día posterior al festivo, además de que el padre disfrutará de todos los miércoles lectivos, desde la salida del centro escolar hasta su entrada en el mismo, el día siguiente. Sin costas.".
SEGUNDO.- Contra la anterior sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado; se dio traslado a la contraria, con el resultado que obra en las actuaciones, y se elevaron las mismas a esta Audiencia Provincial. Habiéndose solicitado, se practicó prueba en esta alzada, con el resultado que obra en el rollo.
TERCERO.- Se señaló para votación y fallo el día 2 de octubre de 2014.
CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el I
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