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Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 12.ª, 641/2014, de 23 de octubre. Recurso 711/2013

Ponente: JOAQUIN BAYO DELGADO
SP/SENT/794634
Gestión Documental
 Las dificultades de desplazamiento de la esposa justifica que se atribuya el uso de la planta baja de la vivienda, la instalación de un sistema mecánico para acceder a la segunda planta es sólo una hipótesis
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 Teniendo en cuenta la atribución del uso de la vivienda a la esposa la pensión compensatoria de 350€ al mes es equilibrada, pues se ha dedicado al hogar durante 60 años y su pensión de dependencia es inferior a la de jubilación del marido
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: "Que estimando parcialmente la demanda formulada por el Procurador Sra. Cristina Imirizaldu Orzanco, en nombre y representación de Doña. Nuria contra Don. Maximino , representado por el Procurador Sr. Francisco de la Cruz Gordo, y consecuencia, debo declarar y declaro la separación del matrimonio contraído por los cónyuges con todos los efectos inherentes a dicha declaración.
En cuanto a las medidas reguladoras de la separación, se acuerda:
1º.- Se atribuye el uso de la vivienda familiar sita en la AVENIDA000 número NUM000 NUM001 de la localidad de Parets, a Doña. Nuria por un periodo de 10 años.
Las obligaciones contraídas por razón de la adquisición o mejora de la vivienda, incluidos los seguros vinculados a esta finalidad, se deben satisfacer de acuerdo con lo establecido en el título constitutivo. Los gastos ordinarios de conservación, mantenimiento y reparación de la vivienda, incluidos los de la comunidad y suministros, y los tributos y las tasas de meritación anual serán a cargo del cónyuge beneficiario del derecho de uso de la vivienda.
2°.- Se atribuye una pensión compensatoria a favor de Doña. Nuria con cargo Don. Maximino de 350 euros mensuales.
Dicha cantidad deberá ser ingresada en la cuenta titularidad de la parte actora número NUM002 por
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