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Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 12.ª, 676/2014, de 4 de noviembre. Recurso 741/2013

Ponente: JOAQUIN BAYO DELGADO
SP/SENT/795206
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 No se extingue la atribución del uso de la vivienda porque la madre y el menor residieran un tiempo con un tercero en otra vivienda, aunque el cambio de domicilio supone la renuncia al uso no es válida si va en contra de los intereses del menor
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: "QUE DEBO DESESTIMAR Y DESESTIMO LA DEMANDA interpuesta por la procuradora Sra. Morales Morente, en nombre y representación de D. Gaspar contra DOÑA Vanesa ACORDANDO MANTENER EL USO DEL DOMICILIO FAMILIAR EN FAVOR DEL HIJO. Todo ello sin condena en costas".
SEGUNDO.- Contra la anterior sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado; se dio traslado a la contraria, con el resultado que obra en las actuaciones, y se elevaron las mismas a esta Audiencia Provincial.
TERCERO.- Se señaló para votación y fallo el día 29 de octubre de 2014.
CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOAQUÍN BAYO DELGADO.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
No se admiten los fundamentos de derecho de la sentencia apelada, salvo que coincidan en algo con lo que sigue.
PRIMERO .- La sentencia de primera instancia, cuya parte dispositiva ha sido trascrita, es apelada por el demandante, que con una valoración distinta de la prueba pretende que se estimen todos los pedimentos de su demanda. Esa negligente petición de su recurso obliga al tribunal a integrarlo comparando la demanda y lo declarado en la sentencia de primera instancia. De ello resulta que pide que se modifique el convenio de 31 de enero de 2008, aprobado por la sentencia de 19 de marzo de 2008 , en el sentido de que cese la indivisión de la propiedad de la vivienda sita en la CALLE000 , números NUM000 - NUM001 , NUM002 NUM003 de Badalona y se adjudique la totalidad de la propiedad al demandante, con pago por este a la demandada de su mitad según precio pericialmente fijado y deducidos el importe del capital, intereses y demás gastos pendientes del crédito hipotecario y los gastos de cancelación formal y registral de la hipoteca y cualquier otro gravamen u obligación propter rem ; y que se declare extinguido el derecho de uso a favor de la demandada y el hijo común (hoy de 9 años).
La apelada se opone y pide que se "estime íntegramente la sentencia de primera instancia" (sic) y subsidiariamente que se incremente la pensión alimenticia en 200 euros. Esa petición de la apelada no ha sido tramitada como impugnación de la sentencia par
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