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Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 18.ª, 369/2014, de 27 de mayo. Recurso 195/2013

Ponente: MARGARITA BLASA NOBLEJAS NEGRILLO
SP/SENT/796672
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 El Juez no ha de resolver respecto todas y cada una de las previsiones sobre las que cada progenitor reflexiona e incluye en el Plan de Parentalidad, aunque para fijar los efectos de la crisis atienda al carácter conjunto de sus responsabilidades
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.-La parte dispositiva de la sentencia Apelada de fecha 25 de septiembre de 2012 es del tenor literal siguiente: " FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador Sra. Elena Soria en representación de Dª Candida contra D. Bernardo representado por el Procurador de los Tribunales D.Alfonso Lorente debo declarar y declaro disuelto por divorcio el matrimonio contraído por ambos con los efectos inherentes a tal declaración y estableciendo las siguientes medidas definitivas:
Primero- Ambos progenitores mantienen la potestad parental sobre el hijo común, Ildefonso , nacido el NUM000 de 2008, y la ejercerán conjuntamente.
Segundo- Se establece un sistema de guarda compartida permaneciendo el menor bajo la guarda de su padre fines de semana alternos desde el viernes a la salida del centro escolar hasta el lunes al momento de reincorporación al colegio con extensión a los festivos con los que forme puente escolar así como todos los miércoles desde la salida del centro escolar hasta el jueves al momento de su incorporación al colegio y las tardes de los viernes que no le corresponda fin de semana desde la salida del colegio hasta las 19.30 horas en las que deberá ser reintegrado al domicilio materno. El resto de días Ildefonso permanecerá bajo la guarda de su madre.
Las vacaciones escolares de Navidad y Semana Santa se dividirán en partes iguales correspondiendo la primera mitad al padr
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