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Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 12.ª, 738/2014, de 27 de noviembre. Recurso 729/2013

Ponente: JOSE PASCUAL ORTUÑO MUÑOZ
SP/SENT/796910
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 El informe Psicosocial desaconseja el cambio de custodia mientras la madre no aporta un plan de parentalidad en el que se especifiquen sus circunstancias, dónde y con quién reside y cómo va a organizar su vida y la de sus hijos discapacitados
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: "PRIMERO. DESESTIMO ÍNTEGRAMENTE la demanda presentada por D. JORDI COT GARGALLO, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de Dª Nicolasa , frente a D. Pedro Miguel y DECLARO las costas de oficio.
SEGUNDO. Dedúzcase testimonio de la presente Resolución y del informe elaborado por la EAT al Ministerio Público por concurrir en Dª Nicolasa posible causa de incapacitación".
SEGUNDO.- Contra la anterior sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado; se dio traslado a la contraria, con el resultado que obra en las actuaciones, y se elevaron las mismas a esta Audiencia Provincial.
TERCERO.- Se señaló para votación y fallo el día 26 de noviembre de 2014.
CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ PASCUAL ORTUÑO MUÑOZ.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Se admiten los Fundamentos de Derecho de la Sentencia apelada.
PRIMERO .- La representación de la recurrente -actora en el litigio-, impugna la sentencia que ha desestimado íntegramente las pretensiones que formuló en la acción de modificación de las medidas reguladoras de la responsabilidad parental que se establecieron por la sentencia firme de 30.7.2007 , posteriormente ratificada por sentencia desestimatoria de una primera solicitud de modificación, que fue confirmada por sentencia de esta Audiencia de 29.10.2009 .
Con la apelación reproduce la misma pretensión que formuló con la demanda rectora de los presentes autos en primera instancia.
El Ministerio Fiscal y la representación de la parte demandada interesaron la confirmación de la sentencia de primera instancia en todos sus extremos.
SEGUNDO .- En lo que se refiere al ejercicio de las responsabilidades parentales, los tribunales deben disponer lo necesario para facilitar el ejercicio adecuado de las mismas aseguren a los hijos menores o, como acontece en el caso de autos, mayores de edad pero discapacitados, el bienestar y equilibrio emocional de los mismos.
En el caso de autos, tras una relación matrimonial de más de 25 años de la que nacieron dos hijos, Florencio y Miguel , de 33 y 27 años respectivamente, y con grado de discapacidad del 87 % y el 86 % respectivamente, se produjo la ruptura ma
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