CARGANDO...

Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 12.ª, 728/2014, de 26 de noviembre. Recurso 127/2014

Ponente: JOSE PASCUAL ORTUÑO MUÑOZ
SP/SENT/796912
Gestión Documental
 El establecimiento de etapas en la modalidad de custodia por razón sólo de la edad carece de racionalidad, así se revoca el pronunciamiento de la sentencia por el que se dispone que a partir de los cinco años se implante la guarda compartida
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 Se amplía el régimen de estancias de la menor con su padre, pasando los fines de semana a ser de viernes a domingo y sustituyendo las dos tardes a la semana por una sola con pernocta
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 La cifra de 300€ que solicita la madre en concepto de alimentos supera la fijada en la Tablas orientadoras del CGPJ, teniendo en cuenta además que el padre soporta directamente los gastos de la menor cuando está con él
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 Las obligaciones alimenticias despliegan su eficacia desde que se adoptan hasta que son sustituidas por la resolución posterior que las modifica, por lo que no puede fijarse la retroactividad en este caso
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por D. Luis Antonio representado por el Procurador D. JESUS DE LARA CIDONCHA, contra DNA Regina , debo acordar las siguientes medidas paterno-filiales:
Primera.- Hasta que la menor cumpla cinco años, atribuir la guarda y custodia de la hija menor común Clara , a la madre D. Luis Antonio , conservando ambos cónyuges la patria potestad sobre la misma.
Una vez que Clara cumpla cnco años.
Segurda.- Se establece el sguente regmen de estancias
Hasta que Clara cumpla los cinco años,
D. Luis Antonio estará en compañía de su hija, Clara ;
Dos días inter semanales, que a falta de acuerdo, serán los martes y jueves desde las 17:00 horas hasta las 20:00 horas.
Los fines de semana alternos desde las 10:00 horas del sábado hasta el domingo a las 20:00 horas
Asimismo la mitad de las vacaciones escolares de Navidad, las cuales se dividirán en dos períodos, uno desde el día siguiente al último día de guardería a las 10:00 horas a la hasta el día 30 de diciembre a las 10:00 horas, y el otro desde el 30 de diciembre a las 19:00 horas del día previo al primer día lectivo.
En cuanto a las vacaciones d
También puedes adquirir este documento o suscribirte para acceder a todos los contenidos