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Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 12.ª, 766/2014, de 10 de diciembre. Recurso 692/2013

Ponente: JOSE PASCUAL ORTUÑO MUÑOZ
SP/SENT/800050
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 Para valorar la crisis empresarial alegada por el padre debería haber aportado una auditoría independiente, menciona que solo tiene un cliente pero no aporta la contabilidad anterior al convenio para poder deducir que ha perdido pujanza empresarial
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 Procede rebajar la prestación de alimentos, con efectos del mes siguiente a la fecha de esta sentencia, a 350€ por hijo, pues la madre dispone de rentas propias y convive en el domicilio familiar con su nuevo marido
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 El privilegio que se dio al padre en el convenio de que eligiera él los periodos vacacionales no tiene ya sentido, pues la madre ahora trabaja, deben ser capaces de pactar el calendario para conciliar sus obligaciones siempre en interés de sus hijos
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: "DESESTIMO interpuesta por Isidoro , representado por el procurador JOSE MATIAS GALAN COBO, y defendido por el abogado JOSE REDONDO, contra Mercedes , representada por el procurador DAVID SEBASTIA CAMPOS, y defendida por la abogada XENIA C. GARRIGA CANALS.
DESESTIMO interpuesta por Mercedes , representada por el procurador DAVID SEBASTIA CAMPOS, y defendida por la abogada XENIA C. GARRIGA CANALS, contra Isidoro , representado por el procurador JOSE MATIAS GALAN COBO, y defendido por el abogado JOSE REDONDO.
COSTAS. Sin expreso pronunciamiento sobre las costas causadas".
SEGUNDO.- Contra la anterior sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado; se dio traslado a la contraria, con el resultado que obra en las actuaciones, y se elevaron las mismas a esta Audiencia Provincial. Habiéndose solicitado, se practicó prueba en esta alzada, con el resultado que obra en el rollo.
TERCERO.- Se señaló para votación y fallo el día 13 de noviembre de 2014.
CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ PASCUAL ORTUÑO MUÑOZ.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Se inadmiten los Fundamentos de Derecho de la Sentencia apelada.
PRIMERO .- La sentencia dictada en primera instancia que ha desestimado íntegramente la acción de modificación de medidas reguladoras del divorcio establecidas en la sentencia de 13 de febrero de 2009 , así como la reconvención deducida por la demandada, es objeto de impugnación en virtud del recurso interpuesto por la parte actora y de la impugnación formulada por demandada, mediante la que solicitan la revocación de la resolución en los términos que concretaron en sus respectivos escritos de la fase de alegaciones y en el acto de la vista.
El Ministerio Fiscal solicita la confirmación de la sentencia.
SEGUNDO .- Con carácter previo a entrar a conocer de los argumentos de los partes, se ha de destacar que la acción de modificación de medidas reguladoras del ejercicio de la responsabilidad parental tiene como base la existencia de una sentencia firme en la cual se juzgaron de forma definitiva los hechos objeto del debate litigioso. El procedimiento que prevé el artículo 775 de la LEC para modificar los efectos, por circunstancias sobrevenidas de carácter sustancial, requiere que quién alega tal variación acredite total y completamente el hecho en el que basa su acción.
En consecuencia con lo anterior, en casos como el de autos, la carga de la prueba que determine que han sobrevenido las circunstancias que prevé el artíc
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