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Familia y Sucesiones

AP Lleida, Sec. 2.ª, 69/2015, de 12 de febrero. Recurso 295/2014

Ponente: MARIA DEL CARMEN BERNAT ALVAREZ
SP/SENT/810267
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 Se han valorado correctamente las pruebas que han justificado la reducción de la pensión alimenticia de la hija de 21 años a 250€, pues se ha acreditado que ha tenido un aprovechamiento mínimo de sus estudios
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La transcripción literal de la parte dispositiva de la Sentencia dictada en fecha 28 de marzo de 2014 , es la siguiente:
" F A L L O
QUE ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda de modificación de medidas de DIVORCIO formulada por la procuradora Doña Maria Jose Altisent Camarasa, en nombre y representación de Cosme contra Santiaga , se modifican las medidas adoptadas en la sentencia de divorcio de fecha 28 de mayo de 2006 dictada por este juzgado de 1ª Instancia num 1 de Lleida modificada en parte por la de la Iltma AP de Lleida de fecha 15 de noviembre de 2007 en el sentido de fijar la pension de alimentos para la hija mayor de edad Frida a cargo del padre en 250 euros mensuales desde la fecha de la sentencia, y a ingresar en la cuenta que designe la madre. Se mantienen el resto de pronunciamientos.
Sin condena en costas. [...]"
SEGUNDO.- Contra la anterior sentencia, Santiaga interpuso un recurso de apelación que el Juzgado admitió, dio traslado a la parte contraria que se opusó al mismo, y seguidos los trámites pertinentes, remitió las actuaciones a esta Audiencia, Sección Segunda.
TERCERO.- La Sala decidió formar rollo y designar magistrada ponente a quien se entregaron las actuaciones para que, una vez deliberada, propusiera a la Sala la resolución oportuna. Se señaló el dia 10 de febrero de 2015 para la votación y decisión.
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