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Familia y Sucesiones

AP Tarragona, Sec. 1.ª, 131/2015, de 25 de marzo. Recurso 174/2014

Ponente: MANUEL DIAZ MUYOR
SP/SENT/812858
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 Ante la relevante reducción de ingresos del padre, que percibe el subsidio de 426€ y tiene que pagar la mitad de la hipoteca, su contribución a la pensión alimenticia será de 100€ al mes para cada hijo
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "Desestimo la demanda presentada, no acordando ninguna modificación respecto de la Sentencia 4/2011, dictada en el procedimiento de divorcio 1084/2010.
No ha lugar a hacer expreso pronunciamiento sobre las costas".
SEGUNDO.- Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora y fue impugnada por la demandada, demandada mediante sus respectivos escritos, dándose traslados para que las partes se opusieran en tiempo y forma; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial, en que se señaló fecha para deliberación y fallo.
TERCERO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Manuel Díaz Muyor.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- La sentencia de instancia es recurrida en cuanto la misma desestima una petición, formulada con carácter subsidiario, para que se reduzca la cuantía de la obligación de satisfacer alimentos a la que viene obligado el apelante en virtud de sentencia de fecha 10 de enero de 2011 dictada por el Juzgado de primera Instancia 7 de El Vendrell , en procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo 1084/2010 por el que se fijo la obligación de pagar 175 Euros/ mes por cada uno de los dos hijos ( Lucio y Ariadna ), nacidos del matrimonio con Dª Remedios .
SEGUNDO.- El apelante afirma en su recurso que a la fecha de divorcio sus ingresos oscilaban entre los 1600 Euros-1700 Euros/mes, datos que se explican al decir en el Hecho Tercero de la demanda que percibía 1400 euros brutos por su trabajo en Movement BCN 05, S.L.,mas ingresos extras (300-400 euros/mes) y con lo considerado como hecho probado en la sentencia, que contempla unos ingresos de 1028 euros/mes. Añade además, y es probado, que actualmente percibe un subsidio de 426 Euros/mes y carece de otro tipo de prestación, añadiendo que asume el pago de la cantidad de 225 Euros/mes correspondientes a la mitad del pago de la hipoteca constituida para la adquisición de la vivienda familiar, el préstamo de un vehículo que se quedó la madre y que los ingresos de la aquella son superiores a los suyos.
Al margen de las consideraciones que realiza la part
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