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Familia y Sucesiones

AP Girona, Sec. 1.ª, 169/2015, de 14 de julio. Recurso 207/2015

Ponente: FERNANDO LACABA SANCHEZ
SP/SENT/826197
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 Que se haya prescindido del plan de parentalidad no puede suponer anular la sentencia, sino que se resolverá en sede de recurso
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 El cambio de legislación y la nueva corriente jurisprudencial son suficientes para justificar la petición de guarda compartida, y más aun cuando se fijó en Medidas Provisionales y se ha venido desarrollando sin problemas especiales
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el Juzgado Primera Instancia 3 Figueres, en los autos nº 583/2013, seguidos a instancias de D. Carlos Alberto , representado por la Procuradora Dª. ENRI RODRÍGUEZ DOMINGO y bajo la dirección del Letrado D. JUAN LUIS MARTÍN DE POZUELO, contra Dª. María Angeles , representada por el Procurador D. FELIP LLUÍS FERNÁNDEZ CUADRÓS, bajo la dirección del Letrado D. JULIÁN VEGA BAEZA, y siendo parte el MINISTERIO FISCAL, se dictó sentencia cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: " FALLO: Que estimando parcialmente la demanda promovida por D. Carlos Alberto , contra D. María Angeles y por D. María Angeles contra D. Carlos Alberto debo acordar como acuerdo las siguientes medidas definitivas:
1º-La atribución de la Guarda y Custodia de las menores María Antonieta y Crescencia al padre, conservando ambos progenitores la patria potestad.
2º La madre, tendrá un régimen de comunicación, visitas y estancia con sus hijas tan amplio como ambos progenitores acuerden, y en su defecto:
- La madre tendrá derecho a tener a las menores en su compañía, con pernocta, un día entre semana, el miércoles. Debiendo entregarlas en el domicilio materno el padre o persona que él designe a la salida del colegio de ese día por la tarde, en torno a las 17h, y debiendo la madre o persona que ella designe entregar a las niñas en el colegio el jueves por la mañana.
- Fines de semana alternos
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