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Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 18.ª, 576/2015, de 23 de julio. Recurso 457/2014

Ponente: MYRIAM SAMBOLA CABRER
SP/SENT/826562
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 A la merma de la capacidad económica del padre se une el hecho de que ha tenido un nuevo hijo, por lo que se estima en parte su petición y se fija la pensión alimenticia en 320€, que incluye los gastos de manutención y los escolares
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 Se excluyen de los gastos extraordinarios los derivados de actividades extraescolares, las matrículas, los libros de texto y el material escolar
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 El pago por mitad de los gastos de la vivienda que no derivan de sus uso, fue convenido por las partes en el convenio sin que haya datos de entidad suficiente para alterar la forma de pago del IBI y las tasas anuales
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 Continúa el límite de la atribución del uso de la vivienda familiar hasta que cese la guarda del hijo, sin que esto sea óbice para que sus titulares puedan ejercitar la acción de división siempre que no afecte al derecho de uso
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia Apelada de fecha es del tenor literal siguiente: " FALLO: No ha lugar a la modificación solicitada por la representación procesal de D. Rodolfo contra Dª. Milagros respecto de las acordadas en sentencia de fecha 12 de junio de 2008 salvo en lo descrito en el fundamento de derecho tercero de la presente resolución.
Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad ".
SEGUNDO.- Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante escrito motivado, dándose traslado a la parte contraria y al Ministerio Fiscal, presentándose escrito de oposición y elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
TERCERO.- Se señaló para deliberación, votación y fallo el día 2 de junio de 2015.
CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Se aceptan los de la sentencia apelada en cuanto no se opongan a los que siguen.
PRIMERO.- La sentencia dictada en procedimiento de modificación de efectos adoptados en sentencia de divorcio de 12 de junio de 2008 , desestimatoria de la pretensión actora, es objeto de recurso por el demandante, Sr. Rodolfo , quien, con una distinta valoración probatoria, combate la conclusión alcanzada en la primera instancia y solicita se reduzca el importe de la pensión de alimentos, acordando la inclusión en la pensión de todos los gastos ordinarios a los que deberán contribuir ambos al 50% y por tanto estableciendose que:
1º.- en concepto de alimentos ordinarios el Sr. Rodolfo deberá abonar 180 euros mes.
Subsidiariamente, y para el caso de que el criterio de la Sala en cuanto a los conceptos incluidos en la pensión de alimentos fuera otro o bien mantuviera lo establecido en la sentencia de divorcio solicita:
a) se fije una pensión de alimentos de 120 euros.
b) se abonen al 50% los siguientes gastos no incluidos en la pensión de alimentos: - gstos extraescolares como libros y material escolar, asi como las salidas excursiones, colonias o cualquier actividad programada por el colegio.
c) gastos extraordinarios médicos no cubiertos por la SS o Mútua Privada concertada si la hubiere. o los de educación , universidad o refuerzo escolar.
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