CARGANDO...

Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 12.ª, 548/2015, de 23 de julio. Recurso 1336/2013

Ponente: GONZALO FERRER AMIGO
SP/SENT/827193
Gestión Documental
 No concurren los requisitos para atribuir la custodia compartida sin perjuicio de lo que pueda resultar en el futuro como consecuencia del proceso madurativo de la menor
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 La vinculación de la menor con la madre es especial y no solo por su corta edad sino porque ha sido su único referente; los contactos con el padre han sido limitados y no se ha podido constatar que pudiera facilitar los cuidados que precisaba
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 El interés de la menor se ampara con la custodia individual; se desconoce cómo podría el padre cuidarla, no aporta plan de parentalidad, con qué ayudas cuenta y cómo se distribuirían las funciones parentales
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 No procede realizar atribución del uso de la vivienda a la madre custodia pues cambió voluntariamente de residencia y la menor ya sido escolarizada en otra ciudad distinta a donde estaba el domicilio
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 Es proporcionada la cantidad de 400€ de pensión alimenticia para la menor, teniendo en cuenta sus gastos de escolarización, que la madre está desempleada y el padre además de percibir unos 3000 euros ha recuperado la posesión de su casa
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 No procede efectuar ningún pronunciamiento sobre el inmueble común ni sobre el pago de la hipoteca que grava la vivienda que fue familiar y es propiedad del marido
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Se estima parcialmente la demanda interpuesta por DOÑA Valle , en el sentido de decretar la disolución del vínculo matrimonial por causa de divorcio, en los términos que siguen:
En relación a la patria potestad sobre la hija menor de edad, esta corresponderá a ambos progenitores, debiendo ser atribuida su guardia y custodia a la madre.
Se atribuye el uso del domicilio conyugal sito en en el municipio de Corbera de Llobregat, URBANIZACIÓN000 , CALLE000 , nº NUM000 a la madre, hasta que la menor Flor consiga independencia económica.
El padre no custodio deberá abandonar el domicilio conyugal en el plazo de dos meses a partir de la notificación de la presente resolución.
En este sentido, en relación al régimen de visitas, se atribuye el siguiente:
- Fines de semana alternos desde el viernes las 18:00 horas , en el domicilio materno hasta el lunes a las 09:00 horas que deberá entregarla en el domicilio materno, o en su caso hasta el lunes a la hora de inicio de la actividad escolar, que deberá entregar en el mismo centro escolar o guardería, para el supuesto de que la menor se encuentre ya escolarizada o acuda a la guardería.
- En el supuesto de que el fin de semana asignado vaya precedido o seguido de día festivo, la hija lo pas
También puedes adquirir este documento o suscribirte para acceder a todos los contenidos