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Familia y Sucesiones

AP Tarragona, Sec. 1.ª, 139/2016, de 1 de abril. Recurso 562/2015

Ponente: ANTONIO CARRIL PAN
SP/SENT/860318
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 La cuantía de la compensación económica de ser de 50.000€, cuarta parte del incremento patrimonial del marido, pero al haber retirado la esposa una cantidad de dinero de una cuenta conjunta, se le abonará 30.000€
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 Se fija la pensión compensatoria en 350€, teniendo en cuenta los ingresos del marido y que la suma fijada, 250€, es insuficiente para atender las necesidades de la esposa, valorando además la compensación por trabajo que va a percibir
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 Se confirma la atribución del uso de la vivienda a favor de la esposa que carece de ingresos, de vivienda y de posibilidad acceder a otra, mientras el marido ha adquirido una residencia en otra localidad
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 El marido en la oposición a la demanda de separación solicitó que se decretase el divorcio pero no lo hizo a través de reconvención, por lo que al no existir además acuerdo entre las partes no puede decretarse
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ANTECEDENTES DE HECHO
ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la sentencia recurrida; y
PRIMERO.- La sentencia recurrida contiene la siguiente parte dispositiva: "Que estimando parcialmente las pretensiones de las representaciones de Dña. Sara y D. Romeo , DEBO DECLARAR Y DECLARO LA SEPARACIÓN JUDICIAL DEL MATRIMONIO hasta la fecha existente entre los expresados cónyuges, con todos los efectos legales inherentes a tal pronunciamiento, acordando la adopción de la siguiente medidas:
La atribución del uso de la vivienda familiar a Dña. Sara .
No Se establece compensación económica por razón del trabajo a favor de Dña. Sara .
Se establece como pensión compensatoria que D. Romeo , deberá abonar a Dña. Sara , la cantidad mensual de 250 euros, que deberá abonar los días 1 a 5 de cada mes en la cuenta que designe la esposa, y que se actualizará anualmente con arreglo al IPC.
No procede hacer pronunciamiento en materia de costas procesales".
SEGUNDO.- Contra la mencionada sentencia se interpuso recurso de apelación por Sara en base a las alegaciones que son de ver en el escrito presentado.
TERCERO.- Dado traslado a las demás partes personadas del recurso presentado para que formulasen adhesión o se opusieran al mismo, por Romeo se interesó la desestimación del recurso y se impugnó la sentencia, de la que se dió tras
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