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Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 18.ª, 352/2016, de 11 de mayo. Recurso 554/2015

Ponente: FRANCISCO JAVIER PEREDA GAMEZ
SP/SENT/865683
Gestión Documental
 Aunque los WhatsApp de madre e hija habrían sugerido que la menor podía haber estado sometida a un conflicto de lealtades, en su exploración no muestra animadversión por ninguno de los progenitores y se muestra propensa a un reparto de las estancias
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 No existen datos que permitan considerar que el sistema de custodia compartida esté siendo perjudicial para los menores, no se niega que la madre haya cuidado con esmero a los hijos pero eso no justifica la perduración de su guarda
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 La pensión alimenticia fijada de 800 € no sólo es ajustada por su cuantía sino porque además el padre ingresa 450 en una cuenta conjunta mientras la madre ingresa 195 euros
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ANTECEDENTES DE HECHO
1. RESUMEN DEL PLEITO DE PRIMERA INSTANCIA
El día 2 de abril de 2014 el Sr. Laureano presentó demanda en la que solicitaba que se dicte sentencia por la que se establezca una guarda compartida por semanas alternas y el padre contribuya al 60% en el pago de gastos de escolaridad, extraescolares y de salud y al 50% en gastos extraordinarios. De forma subsidiaria, pide que los alimentos se reduzcan, con efectos desde la fecha del intento de mediación. Relata que por sentencia de 2008 se aprobó convenio que otorgaba a la madre la guarda de los hijos, Ángela y Roque , con visitas a su favor de viernes a lunes alternos, tardes de los otros viernes, acompañamiento del padre cada día al colegio, mitad de semana santa y navidad y verano por quincenas. Dice que la regulación es muy próxima a la distribución equivalente, que no se pactó compartida por semanas por la corta edad de los menores, ahora vinculados a ambos núcleos familiares y que la madre perjudica ante los hijos su imagen esgrimiendo la guarda individual. Repasa los criterios legales y las supuestas ventajas de lo que propone. Dice que, en otro caso, se debe reducir la pensión de alimentos (de 1.500 euros al mes) y reducir los pagos, al haber aumentado los gastos de escolaridad (han aumentado de 955 a 1.630 euros al mes) y extraescolares (de 60 han pasado a 398), redefinir la cuantía de las partidas y eliminar la de servicio doméstico. Afirma que de ganar entre 8 y 10.000 euros al mes cuando explotaba una clínica dental, h
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