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Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 12.ª, 368/2016, de 19 de mayo. Recurso 510/2015

Ponente: JOSE PASCUAL ORTUÑO MUÑOZ
SP/SENT/866552
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 Se retrotraen los efectos de la pensión alimenticia al momento de su reclamación, por tratarse del supuesto extraordinario en el que no se fijaron medidas provisionales, siendo el objeto del litigio la regulación de las responsabilidades parentales
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO:Que estimando parcialmente como estimo la demanda de medidas definitivas de guarda y custodia y alimentos presentada por la representación procesal de DÑA. Diana contra D. Jose Carlos , debo declarar extinguida la pareja de hecho habida entre las partes y establecer las siguientes medidas definitivas:
1º) La atribución de la guarda de Arturo a la madre, DÑA. Diana , teniendo compartida la responsabilidad parental con el otro progenitor, D. Jose Carlos , que deberá ser consultado en cuantos asuntos de interés se presenten en la vida del menor como el cambio de domicilio, de escuela, o tratamiento médico.
2º) Se reconoce al padre el derecho de visitas que libremente acuerden ambos progenitores y, en su defecto, el siguiente:
a.Durante 6 meses, no habrá pernoctas. Las visitas serán viernes alternos y coincidentes con el fin de semana del padre, desde la salida de la guardería o colegio hasta las 20 horas que lo retornará al domicilio materno. Y sábados y domingos alternos de 10:00 a 20:00 horas, el padre recogerá y entregará al menor en el domicilio de la madre a las horas indicadas.
b.Cumpleaños del hijo, madre, padre y día del padre o la madre: se acuerda que el de cumpleaños del menor, ambos padres disfrutarán de la compañía del mismo, en caso de no alcanzar un acuerdo, un progenitor pod
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