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Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 18.ª, 608/2016, de 20 de julio. Recurso 889/2015

Ponente: MARGARITA BLASA NOBLEJAS NEGRILLO
SP/SENT/873173
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 Aunque no hay causa suficiente para suspender las visitas sí es adecuado no imponer la presencia de un tercero como es la pareja del padre en las comunicaciones, teniendo en cuenta que la menor tiene 16 años
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia Apelada de fecha 22 de diciembre de 2016 es del tenor literal siguiente: " FALLO: ESTIMO PARCIALMENTE LA DEMANDA presentada por D. Narciso contra Dña. Amanda , y se establecen las siguientes modificaciones:
1.- Se reduce el régimen ordinario de estancias de la menor con su padre a fines de semana alternos desde el sábado a las 10 horas hasta el domingo a las 20 horas, con entrega y recogida en el domicilio materno.
2.- Se reduce la pensión de alimentos que abona el Sr. Narciso a la cantidad de 300 eruos, en las mismas condiciones que se fijaron en la anterior sentencia.
3.- Los gastos extraordinarios serán abonados conforme consta en el fundamento segundo de esta resolución .
No procede la imposición de costas, debiendo cada parte abonar las causadas a su instancia y las comunes por mitad. "
SEGUNDO.- Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte ambas partes, mediante escrito motivado, dándose traslado a la parte contraria y al Ministerio Fiscal , presentándose escrito de oposición y elevándose las actuaciones a ésta Audiencia Provincial.
TERCERO.- Se señaló para deliberación, votación y fallo el día 12/07/2016.
CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
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