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Familia y Sucesiones

TS, Sala Primera, de lo Civil, 200/2017, de 24 de marzo. Recurso 2606/2016

Ponente: JOSE ANTONIO SEIJAS QUINTANA
SP/SENT/893416
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 Es un hecho probado por la Audiencia que la ex esposa mantiene una convivencia con una tercera persona que tiene carácter de "vida marital" a los efectos de la extinción de la pensión compensatoria, según el art. 101 CC
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 Las partes convinieron en el convenio regulador de la separación una pensión "vitalicia", salvo nuevo matrimonio o convivencia marital, por lo que procede su extinción, acreditada la vida marital de la esposa con un tercero
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- 1.º- El procurador don Juan Enguix Negueroles, en nombre y representación de don Rodrigo , interpuso demanda de juicio de divorcio, contra doña Noemi y alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al Juzgado se dictara sentencia en el sentido siguiente:
«decretando la disolución por divorcio del matrimonio de los cónyuges y estableciendo las medidas y efectos que se solicitan en el hecho sexto de la demanda, con las demás medidas legales inherentes a dicha declaración».
2.º- La procuradora doña Eva García Antich, en nombre y representación de doña Noemi , contestó a la demanda y oponiendo los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación terminó suplicando al Juzgado dictase en su día sentencia por la que:
«acordando la disolución por divorcio del matrimonio de los litigantes y con cuantas más efectos inherentes a tal pronunciamiento, con mantenimiento de la pensión compensatoria a la esposa en los términos acordados en sentencia de fecha 21/09/11 y autos de separación matrimonial 768/11-A, del juzgado al que me dirijo».
SEGUNDO.- Previos los trámites procesales correspondiente y práctica de la prueba propuesta por las partes y admitidas el Sr. magistrado juez del Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Valencia, dictó sentencia con fecha 15 de octubre de 2015 , cuya parte dispositiva es como si
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