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Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 18.ª, 141/2017, de 17 de febrero. Recurso 449/2016

Ponente: FRANCISCO JAVIER PEREDA GAMEZ
SP/SENT/902040
Gestión Documental
 Se confirma la custodia materna: después de que los progenitores acordaran la custodia compartida el padre se trasladó a Valencia y distanció los contactos y las dolencias de la madre ni perjudican a la menor ni limitan su cuidado
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 Se confirma la pensión alimenticia de 200€ que el padre quiere reducir a 100, con los datos económicos de las partes y atendiendo a las Tablas Orientadoras del Consejo General del Poder Judicial vendría obligado a pagar 230
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 Las manifestaciones de la madre en una lista de WhatsApp, obtenidas por procedimiento ignorado lo que hace sospechosa a la prueba de ser ilícita, no revelan una situación de empeoramiento en su estado de salud ni de riesgo para la niña
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ANTECEDENTES DE HECHO
1. RESUMEN DEL PLEITO DE PRIMERA INSTANCIA
El día 27 de septiembre de 2013 la Sra. Mercedes presentó demanda de modificación de medidas acordadas en sentencia de divorcio y pide que se dicte sentencia por la que se le otorgue la guarda de una hija, María Inés , visitas para el padre de mitad de navidad, semana santa y verano y alimentos a su cargo de 275 euros al mes. Relata que, divorciados los litigantes por sentencia de 2012, la hija quedó en guarda compartida por periodos de tres meses con cada progenitor. El padre marchó a DIRECCION004 (Valencia) en agosto de 2012 con su nueva pareja y ya no cumple el régimen relacional (salvo dos semanas en noviembre, semana santa -10 días- y verano- dos meses). Dice que la niña tiene otras dos hermanas de vínculo simple.
El Sr. Ezequias contesta y alega que no vive en pareja y tiene previsto volver a Cataluña ( DIRECCION001 ). Sostiene haber ejercido correctamente la parentalidad y haber pagado la pensión de alimentos. Formula una sospecha de perjuicio de la hija y pide informe del EATAF, para reclamar en su caso una custodia paterna, con visitas para la madre o para él (un fin de semana al mes y mitad de periodos vacacionales) y pago por la madre de 150 euros al mes de alimentos (o igual importe o subsidiario de 200 euros mensuales a su cargo).
La Sentencia recurrida, de fecha 27 de noviembre de 2015 , resalta que la menor está adaptada al entorno materno y que la madre ha
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