CARGANDO...

Familia y Sucesiones

TS, Sala Primera, de lo Civil, 395/2017, de 22 de junio. Recurso 4194/2016

Ponente: FRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTAS
SP/SENT/909652
Gestión Documental
 Se admite el primer motivo: Inaplicación de los criterios jurisprudenciales respecto a la pensión de alimentos para los hijos mayores de edad: condicionalidad y extinción por generar la necesidad alimenticia debido a su propia consulta
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 Se admite también el segundo motivo: posibilidad de limitación temporal del derecho alimenticio al no configurarse la pensión alimenticia de los hijos mayores de edad con carácter incondicional
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 Extinción de la pensión alimenticia del hijo mayor de edad que ni estudia ni trabaja, ante el no aprovechamiento y culminación de sus estudios, hecho imputable sólo a él, sin que sea una crisis académica coyuntural derivada del divorcio de sus padres
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.-1.- D. Antonio , representado por la procuradora Dña. Ana María García González, interpuso demanda de juicio para modificación de medidas definitivas contra Dña. Ariadna y, alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al Juzgado:
«Se tenga por solicitada la referida modificación de medidas reguladoras, en la retirada de la pensión de alimentos de D. Emilio así como los gastos de arrendamiento y consumos de la vivienda donde el mismo reside, a los que se emplazará en la forma que marca la ley, y subsidiariamente, la fijación de una pensión alimenticia de 150 euros hasta los 23 años, momento en que se extinguirá, previos los trámites que procedan, dicte sentencia en la que se declare modificada la sentencia de divorcio matrimonial de este juzgado de fecha 24 de julio de 2008 por ser de justicia».
2.- La demandada Dña. Ariadna contestó a la demanda, actuando en su representación el procurador D. Fernando Cuevas Íñigo y bajo la dirección letrada de Dña. Carmen Peña Álvarez, y oponiendo los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación terminó suplicando al Juzgado dictase en su día sentencia:
«Por la que se desestime íntegramente la demanda, con expresa condena en costas a la parte actora».
3.- Previos los trámites procesales correspondientes y práctica de la prueba propuesta por las partes y admit
También puedes adquirir este documento o suscribirte para acceder a todos los contenidos