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Familia y Sucesiones

AP Girona, Sec. 2.ª, 115/2017, de 15 de marzo. Recurso 118/2017

Ponente: MARIA ISABEL SOLER NAVARRO
SP/SENT/912883
Gestión Documental
 El informe psicosocial coincide con el de la psiquiatra que atiende a la menor en que mantiene un vínculo afectivo con ambos progenitores, pero ante el rechazo a la nueva familia del padre aconsejan que la visitas se realicen fuera de ese entorno
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 Existe un cambio de circunstancia, pues la menor ahora es adolescente y no se ha adaptado al nuevo entorno del padre, por lo que sería contrario a su interés y al del padre obligarla a relacionarse en dicho entorno
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 Sería conveniente que a través la psiquiatra viene atendiendo a la menor, o con la ayuda de otro profesional, se encauzara el acercamiento con la familia del padre hasta lograr la plena integración
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 No existe prueba de que el rechazo de la menor este influenciado por la madre, así lo señala la psiquiatra, y prueba de ello es que ante la falta de contacto con el padre la propia madre ha propuesto la modificación de medidas
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 Es asumible por el padre el régimen de visitas de un sábado cada quince días y una tarde intersemanal y siendo buena la relación con los abuelos también podrán estar en su domicilio
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El presente proceso se inició mediante la demanda presentada en nombre de Dña. Concepción contra D. Modesto
SEGUNDO.- La sentencia que puso fin a la primera instancia dice en su parte dispositiva: "ESTIMO la demanda presentada por el Procurador de los Tribunales D. Lluís Martínez Ferrer, en nombre y representación de Dña. Concepción contra D. Modesto , y ACUERDO la modificación de las medidas adoptadas en la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 11 de mayo de 2011 en los autos de modificación de medidas registrados con el número 380/2010, en los siguientes términos:
1).- Deben reanudarse de modo inmediato las visitas entre Jesús Carlos y su padre, pero las mismas deberán realizarse siempre fuera del entorno familiar paterno, esto es, sin la presencia de la mujer del Sr. Modesto e hijas de ésta.
Hasta que se inicie el curso escolar 2016-2017, D. Modesto podrá estar con su hija todos los sábados alternos, desde las 10:00 horas hasta las 20:00 horas, encargándose el padre de recoger y devolver a la menor en el domicilio materno.
Cuando se inicie el nuevo curso escolar, el padre podrá estar con su hijas, además de los sábados alternos, una tarde intersemanal, que, en defecto de acuerdo, será los miércoles, desde la salida del colegio o actividad extraescolar hasta las 20:30 horas. El Sr. Modesto recogerá a Jesús Carlos en el colegio o a la salida de la actividad extra
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