CARGANDO...

Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 18.ª, 712/2017, de 21 de julio. Recurso 1369/2016

Ponente: ANA MARIA HORTENSIA GARCIA ESQUIUS
SP/SENT/925372
Gestión Documental
 El derecho del progenitor a relacionarse con el hijo es un complejo derecho-deber y en cualquier medida que se adopte en relación a los menores es prioritario su beneficio, valorando sus necesidades presentes y futuras y si es posible, su voluntad
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 En su exploración del hijo mayor mostró su voluntad de seguir viviendo con su padre y reconoció que la hermana echaba de menos a la madre; el custodio se ha ocupado de ellos en todos los órdenes y colabora para que se puedan relacionar con ella
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 El padre tiene la ayuda de la abuela materna, con lo que se minimiza el daño en los menores por la falta de relación con su madre, pero debe restaurarse el vínculo afectivo de una forma paulatina, para que consigan recuperar la confianza en ella
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 Régimen de visitas progresivo sin pernocta los sábados de 10 a 20 horas, los primeros 6 meses, tras los cuales se incluirá la pernocta los fines de semana y los períodos vacacionales
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia Apelada de fecha 28 de abril de 2016 es del tenor literal siguiente: "PARTE DISPOSITIVA
DEBO ESTIMAR Y ESTIMO la demanda presentada por el/la Procurador/a de los Tribunales Dª MERCEDES PARIS NOGUERA, en nombre y representación de Dº Santiago y en consecuencia, DEBO ACORDAR Y ACUERDO modificar las siguientes medidas de guarda y custodia, régimen de visitas y pensión alimenticia de la sentencia de divorcio de fecha 29/09/2009:
1.-Se atribuye la GUARDA Y CUSTODIA de los menores Jose Ramón y María Rosario al padre Sr. Santiago . La potestad parental sigue siendo compartida.
2.- Se establece un RÉGIMEN DE VISITAS a favor de la madre consistente en:
a)Fines de semana alternos con pernocta para la hija María Rosario y sin pernocta para Jose Ramón . El menor Jose Ramón , dada su edad, decidirá si quiere pernoctar en el domicilio de la madre.
No es ajustado a Derecho fijar un régimen de visitas de días intersemanales, habida cuenta la larga distancia entre los domicilios de los progenitores.
b) Períodos vacacionales de los menores por mitades alternas entre los progenitores, eligiendo el padre los años impares y la madre los años pares.
3.- Se fija una PENSIÓN DE ALIMENTOS a favor de los menores y a abonar por la madre de 300 euros mensuales (150 euro
También puedes adquirir este documento o suscribirte para acceder a todos los contenidos