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Familia y Sucesiones

TS, Sala Primera, de lo Civil, 638/2017, de 23 de noviembre. Recurso 2211/2016

Ponente: EDUARDO BAENA RUIZ
SP/SENT/927508
Gestión Documental
 Se desestima el recurso planteado por la madre que reclamó la paternidad no matrimonial y solicita que el primer apellido de la menor no sea el del demandado, pues esta última es una petición extemporánea
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia.
1.- La procuradora D.ªYolanda Rodríguez Tapia, en nombre y representación de D.ª Delfina , respecto de la menor Mariana , presentó demanda de juicio verbal especial de filiación contra D. Franco , cuyo suplico es como sigue:
« Que teniendo por presentado este escrito, con los documentos y copias que se acompañan, se sirva admitirlo, y teniéndome por parte en la representación de Doña Delfina , quien actúa por sí y como representante legal de su hija menor de edad Mariana , tenga por formulada DEMANDA DE JUICIO VERBAL EN RECLAMACIÓN DE FILIACIÓN PATERNA NO MATRIMONIAL de dicho menor, contra D. Franco , y con citación del Ministerio Fiscal, y, seguido el juicio por sus trámites legales, dicte sentencia en su día por la que:
»A) Declare que don Franco es el padre biológico de
la menor Mariana .
»B) Declare que los apellidos de la niña son Apolonia .
»C/Ordene la rectificación en el Registro Civil de la inscripción de
nacimiento del menor Mariana , que figura inscrito en el Registro Civil
de La Línea de la Concepción, Tomo NUM000 , página NUM001 en el sentido de que:
»C1. Se haga constar que el padre de dicha menor es don Franco , hijo de Jose Francisco y de Gabriela
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