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Familia y Sucesiones

AP Girona, Sec. 1.ª, 433/2017, de 11 de diciembre. Recurso 379/2017

Ponente: NURIA LEFORT RUIZ DE AGUIAR
SP/SENT/938125
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 Es correcto dejar sin efecto la atribución del uso de la vivienda propiedad del padre a favor de la madre, pues en el convenio la pareja la acordó mientras la hija conviviera con ella, lo que no sucede
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ANTECEDENTES DE HECHO
Primero . En fecha 9 de junio de 2017 se han recibido los autos de Modificación medidas supuesto contencioso 1410/2015 remitidos por Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Girona (ant.CI-7) a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Mercè Canal Piferrer, en nombre y representación de Gracia contra la Sentencia de fecha 01/09/2016 y en el que consta como partes apeladas el Procurador Joan Ros Cornell, en nombre y representación de Victoriano , y el MINISTERIO FISCAL.
Segundo . El contenido del fallo de la Sentencia contra la que se ha interpuesto el recurso es el siguiente:
"FALLO
ESTIMO parcialmente la demanda presentada por el Procurador de los Tribunales D. Joan Ros Cornell, en nombre y representación de D. Victoriano contra Dña. Gracia , y ACUERDO la modificación de las medidas adoptadas en la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº2 de Girona en fecha 3 de marzo de 2006 en los autos de separación de mutuo acuerdo registrados con el número 114/2006 , en los siguientes términos:
1).- La guarda y custodia de la menor Valle se atribuye al padre D. Victoriano .
2).- No se fija ningún régimen de visitas entre la Sra. Gracia y su hija, pudiéndose ver siempre que ambas convengan.
3).- En concepto de alimentos para Valle , Dña. Gracia no deberá pagar cantidad alguna.
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