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Familia y Sucesiones

AP Barcelona, Sec. 12.ª, 493/2018, de 8 de mayo. Recurso 425/2017

Ponente: JUAN MIGUEL JIMENEZ DE PARGA GASTON
SP/SENT/953838
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 No tiene la esposa el interés más necesitado de protección para mantener el uso de la vivienda a su favor: ha sido adjudicada en propiedad plena a favor del marido, las dos hijas son mayores de edad con independencia económica
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 Extinción de la pensión alimenticia a favor de la hija de 28 años desde esta sentencia, que ha venido trabajando desde que finalizó la carrera hace 4 años
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: DESESTIMO la demanda de modificación de medidas interpuesta por el Procurador don PERE MARTI GELLIDA, en nombre y representación de don Florentino contra doña Lorena manteniendo las medidas definitivas acordadas en relación al uso de la vivienda en la Sentencia dictada por este Juzgado el 21 de diciembre de 2010 , en el procedimiento Divorcio Contencioso 210/2010 y las medidas definitivas acordadas en relación a la pensión de alimentos de la hija Violeta en la Sentencia 25/2015 dictada por este Juzgado el 30 de enero de 2015, en el procedimiento de Modificación de medidas N° 388/2014."
SEGUNDO.- Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado; se dio traslado a la contraria, con el resultado que obra en las actuaciones, y se elevaron las mismas a esta Audiencia Provincial. Habiéndose solicitado, se practicó prueba en esta alzada con el resultado que obra en el rollo.
TERCERO.- Se señaló para votación y fallo el día 2 de mayo de 2018.
CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente de la Sección, D. Juan Miguel Jimenez de Parga Gaston.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
SE ACEPTAN los contenidos en la sentencia apelada, en cuanto no sean contradictorios con los de la presente resolución, y;
PRIMERO.- La sentencia de modificación de medidas de divorcio, dictada en sede del primer grado jurisdiccional, ha sido objeto de apelación por el accionante D. Florentino .
En la formulación escrita del recurso de apelación solicita, frente a los pronunciamientos de la sentencia apelada: a) se declare la extinción del derecho del uso de la vivienda familiar, concedido a la esposa en la sentencia de divorcio; b) subsidiariamente, en el caso de desatenderse la pretensión principal, se determine una limitación temporal en la atribución del uso, que deberá finalizar el 2 de septiembre de 2016 , y; c) se deje sin efecto la pensión de alimentos del la hija del matrimonio Violeta y el pago de los gastos extraordinarios, por causa de haber alcanzado su independencia económica.
La apelada Doña Lorena se ha opuesto al recurso de apelación, con condena a la parte apelante a satisfacer las costas procesales derivadas del mismo.
SEGUNDO.- La sentencia de divorcio de 21 de diciembre de 2010 , dictada en proceso contencioso, determinó la adopción de medidas acordadas en el acto de la vista del juicio. Entre las misma se contenía la de atribución del uso de la vivienda familiar, de propiedad compartida entre los cónyuges, en favor de la esposa y las dos hijas del matrimonio Nic
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