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SP/DOCT/100318

Notas y Comentarios. Marzo 2020

¿Qué medidas han cambiado con la modificación del estado de alarma? Del Real Decreto de 14 de marzo al Real Decreto de 17 de marzo

Departamento Jurídico de Sepín Administrativo
RESUMEN

En que medida afecta la situación del estado de alarma al transporte, a la actividad comercial, a la libre circulación de los ciudadanos y en que lo hace en los procedimientos y procesos administrativos

PALABRAS CLAVE

Coronavirus; COVID-19, Derecho Administrativo;

A)En la Limitación de la libertad de circulación de las personas.
- Durante la vigencia del estado de alarma el ámbito "territorial" de limitación de la circulación de las personas se extiende ya no sólo a las vías de uso público sino también a espacios de uso público (el Gobierno ha puesto como ejemplo, las playas).
- La circulación, en los casos permitidos, debe ser individual: salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores, mayores, o por otra causa justificada.
B)Respecto a la actividad comercial
- Entre las excepciones a la suspensión de la apertura al público de establecimientos comerciales se modifica la antigua previsión de establecimientos médicos por la más amplia de establecimientos "sanitarios"; además se añade expresamente la posibilidad de apertura de "centros o clínicas veterinarias".
- La polémica de la apertura de las peluquerías (ya rectificadas mediante rueda de prensa) desparece. Deben permanecer cerradas, sólo admitiéndose el servicio a domicilio.
- Además, se habilita expresamente al Ministro de Sanidad para modificar, ampliar o restringir las medidas, lugares, establecimientos y actividades sujetas a contención, por razones justificadas de salud pública.
C)Medidas en materia de transportes
-La atribución de competencia al Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda para fijar, mediante Resolución, las condiciones que faciliten el transporte de mercancías en todo el territorio nacional se amplía no sólo a los efectos de garantizar el abastecimiento, sino, y aquí la novedad, para garantizar la entrega de productos adquiridos en el comercio por internet, telefónico o correspondencia.

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