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SP/DOCT/104291

Notas y Comentarios. Abril 2020

Resumen de las medidas de protección de los consumidores adoptadas en el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo

Departamento Jurídico de Sepín Consumidores y Usuarios
1.-Ampliación del alcance de la moratoria a los préstamos no hipotecarios, incluyendo los créditos al consumo
Este Real Decreto-Ley amplía el alcance de la moratoria ya establecida sobre las hipotecas a fin de que aquellas personas en situación de vulnerabilidad económica (en la forma definida en el artículo 16) no tengan que hacer frente temporalmente a la devolución de otros créditos, incluyendo aquellos al consumo.
En los arts. 21 y ss. se establecen medidas conducentes a procurar la suspensión temporal de las obligaciones contractuales derivadas de todo préstamo o crédito sin garantía hipotecaria, que también serán aplicables a los fiadores y avalistas del deudor principal.
Dentro de este tipo de préstamos podemos incluir los concertados para financiar la compra de un coche o un electrodoméstico.
Los deudores comprendidos en el ámbito de aplicación de la suspensión podrán solicitar del acreedor, hasta un mes después del fin de la vigencia del estado de alarma, la suspensión de sus obligaciones. La suspensión tendrá una duración de tres meses ampliables mediante Acuerdo de Consejo de Ministros.
Hay que tener en cuenta que durante el periodo de vigencia de la suspensión el acreedor no podrá exigir el pago de la cuota y no se devengarán ningún tipo de intereses, ni ordinarios, ni de demora.
2.- Derecho de resolución de determinados contratos sin penalización por parte de los consumidores y usuarios (art. 36).

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