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SP/DOCT/104297

Notas y Comentarios. Abril 2020

Resumen de medidas procesales del Real Decreto 11/2020, de 31 de marzo, para hacer frente al COVID-19 que afectan a los procesos sociales administrativos y concursales

Departamento jurídico de Sepín Proceso Civil
Después que el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en su Disposición adicional segunda procediera a la suspensión de los términos e igualmente a la suspensión e interrupción de los plazos previstos en las leyes procesales para todos los órdenes jurisdiccionales, indicando que el cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo y con las excepciones que contempla el apdo 2 para el orden jurisdiccional penal y el apdo 3 para el resto de ordenes jurisdiccionales acordando el apdo 4 que el juez o tribunal puede acordar la Práctica de cualesquiera actuaciones judiciales que sean necesarias para evitar perjuicios irreparables en los derechos e intereses legítimos de las partes en el proceso.
Ahora el RD Ley11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes Complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19 (SP/LEG/29028) contempla en su Disposición adicional decimonovena lo que viene en determinar "Agilización procesal" y así prevé que cuando acabe esta situación el Ministerio de Justicia presentará un "Plan de actuación" determinando:
"Una vez que se haya dejado sin efecto la declaración del estado de alarma y de las prórrogas del mismo que, en su caso, se hayan

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