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SP/DOCT/104818

Notas y Comentarios. Abril 2020

Nuevas medidas para Pymes y autónomos: Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo.

Adela del Olmo. Directora Mercantil, Concursal y Reclamaciones bancarias
RESUMEN

La situación generada por la pandemia y la duración de sus consecuencias hacen necesario la toma de medidas para asegurar la supervivencia de Pymes y autónomos, por su importancia para el tejido económico del país

Como consecuencia de las medidas excepcionales adoptadas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, que declaraba el estado de alarma, muchas actividades económicas se han visto obligadas a suspender su actividad o a reducirla.
La falta de ingresos o su minoración durante el periodo que dure el estado de alarma puede producir la incapacidad financiera de autónomos y pymes para hacer frente al cumplimiento de sus obligaciones de pago de renta de locales en alquiler, lo que pone en serio riesgo la continuidad de sus actividades.
A falta de acuerdo entre las partes, la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos no prevé exclusión del pago de la renta por fuerza mayor o por declaración de estado de alarma, salvo el art 26, sobre la habitabilidad de la vivienda derivada de la ejecución de obras, que puede ser aplicable a los locales de negocio vía art 30 LAU.
La regulación del Código Civil sobre fuerza mayor tampoco ofrece una solución idónea porque no ajusta la distribución del riesgo entre las partes. Para ello es necesario una regulación específica acorde con la cláusula "rebus sic stantibus", que permite la modulación o modificación de las obligaciones contractuales si concurren: imprevisibilidad e inevitabilidad del riesgo derivado, excesiva onerosidad de la prestación debida y buena fe contractual.
El capítulo II regula un amplio paquete de medidas para re

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