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SP/DOCT/82889

Opinión. Junio 2019

Un error de LexNet es el origen de una sentencia penal condenatoria anulada por el Tribunal Constitucional

Roberto Guimerá Ferrer-Sama. Director de Sepín Penal. Abogado
Gestión Documental
La avería que puede generar a nuestros clientes un simple error técnico del sistema LexNet puede ser importante. En el caso que hoy venimos a exponer, un deficiente funcionamiento de ese sistema unido a una falta de diligencia del Juzgado, dieron lugar nada menos que a una sentencia condenatoria que incluso se confirmó en segunda instancia, todo lo cual hoy ha sido declarado nulo por el Tribunal Constitucional, que ordena repetir el juicio.
1.- Denuncia, presentación de escrito y documentos por la denunciada y juicio
Los hechos, sucintamente relatados, parten de una denuncia de una persona residente en Andújar (Jaén) que a través de una página web había arrendado un apartamento en la localidad de Gandía (Valencia) para una semana del mes de agosto de 2017, arrendamiento que resultó ser un fraude. Como reserva y adelanto del precio se le pidió que ingresara la cantidad de 250.-€ en una concreta cuenta corriente que se hallaba abierta a nombre de una mujer, cuyos datos y número de DNI también se le facilitaron. A consecuencia de aquella denuncia en el Juzgado de Instrucción nº 3 de Andújar se incoó juicio por delitos leves, señalándose para la vista el día 12 de diciembre de 2017.
Aquella mujer, una vez se localizó su domicilio real en una localidad madrileña y fue citada, se acogió a la posibilidad que permite el art. 970 LECrim, y por medio de su Letrado presentó, a través de Lexnet, el día inmediatamente anterior al juicio, un escrito con abundante documentación adjunta en su descargo. Básicamente venía a poner en conocimiento del Juzgado que le había sido sustraída su documentación y que se estaba utilizando para estafar a través de internet de forma similar a la aquí denunciada, siguiéndose contra ella hasta 30 procedimientos judiciales por toda España, varios de los cuales ya habían resultado archivados.
Pero aquí sucedió que a través de Lexnet el Letrado sí consiguió enviar el escrito de alegaciones, pero no la documentación que acompañaba, que fu
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