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Procuradores

SP/DOCT/96011

Opinión. Febrero 2020

¿Qué va a pasar con las costas?

Alberto Torres López Director Jurídico de Sepin. Abogado.
Gestión Documental
Se avecinan cambios, y probablemente no del gusto de todos o, al menos, de una gran mayoría de los abogados. El ruido de tambores lleva oyéndose ya desde hace unos meses. El origen principal de todo ello lo encontramos en la Proposición de Ley del Grupo Socialista del Congreso de los Diputados, de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil y de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, presentada el 14 de septiembre de 2017 y respecto de la que concluyó el plazo de enmiendas el 3 de abril de 2018.
Dicha Propuesta acaba con el Criterio del vencimiento objetivo en materia de costas, imponiéndolas, solamente, en los casos en los que se haya litigado con temeridad. Concretamente, la nueva redacción del Art. 394.1 establecería: "En los procesos declarativos, las costas de la primera instancia se impondrán a la parte que haya visto rechazadas todas sus pretensiones siempre que el tribunal aprecie y así lo razone que se ha litigado con temeridad …". Es decir, no habrá imposición de costas, salvo que el Tribunal declare la temeridad del perdedor. Basta realizar un mínimo ejercicio de memoria de nuestros propios asuntos profesionales, y comprobar el carácter absolutamente extraordinario de dicha declaración, para concluir, que dicha Reforma de llevarse a efecto, supone la práctica desaparición de la imposición de costas en los procedimientos judiciales.
¿Es real este temor cuando estamos hablando de una simple Proposición de Ley del
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