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Procuradores

TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 6.ª, 775/2021, de 1 de junio. Recurso 137/2020

Ponente: SEGUNDO MENENDEZ PEREZ
SP/SENT/1105686
RESUMEN

Recurso contencioso-administrativo. Medidas para el correcto desenvolvimiento del proceso. Recurso de alzada. Inadmisión. Derecho a la defensa.

Gestión Documental
 El Acuerdo que limitó la extensión de los escritos de apelación a 25 folios adoptado por la Junta de magistrados de las secciones civiles y mercantil de la Audiencia Provincial de Madrid es valido según el Tribunal Supremo
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. Mediante escrito de fecha 1 de junio de 2020, la representación procesal del ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE MADRID, interpuso recurso contencioso-administrativo contra el Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de fecha 13 de febrero de 2020, por el que se desestimaba el recurso de alzada contra el Acuerdo sectorial de Magistrados de las Secciones Civiles generales y de la Sección Mercantil de la Audiencia Provincial de Madrid, celebrada el 19 de septiembre de 2019, sobre el límite de la extensión de los escritos de recursos, que asume los criterios y consecuencias establecidas en el Acuerdo del Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo de 27 de enero de 2017, formalizando demanda en la que termina suplicando a la Sala que "...dicte resolución por la que, estimando el mismo, se acuerde dejar sin efecto el acuerdo impugnado".
SEGUNDO. La representación procesal del CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL, formuló contestación a la demanda interpuesta y suplica en su escrito a la Sala que "...dicte sentencia declarando inadmisible o, en su defecto, desestimando este recurso con los demás pronunciamientos legales".
TERCERO. Mediante providencia de fecha 28 de abril de 2021 se señaló el presente recurso para votación y fallo el día 27 de mayo del mismo año, en cuya fecha han tenido lugar dichos actos procesales.
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