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Procuradores

AN, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 3.ª, de 7 de junio de 2018. Recurso 177/2017

Ponente: ISABEL GARCIA GARCIA-BLANCO
SP/SENT/960880
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 Quien ya ejercía como abogado, a la entrada en vigor de la Ley de acceso, podía colegiarse como procurador sin necesidad de título profesional: interpretación de su Disposición Transitoria de la Ley 34/2006
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 Continuación en el ejercicio profesional y el cambio profesional que puede efectuarse al amparo de la Disposición Transitoria Única tiene como presupuesto ineludible el cumplimiento de los requisitos que eran exigibles para ejercer la profesión
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ANTECEDENTES DE HECHO
1 .- La parte indicada interpuso en fecha 13/3/2017 este recurso respecto de los actos antes aludidos y, admitido a trámite, y reclamado el expediente administrativo, se entregó éste a la parte actora para que formalizara la demanda, lo que hizo en tiempo, en la que realizó una exposición fáctica y la alegación de los preceptos legales que estimó aplicables, concretando su petición en el Suplico de la misma, en el que literalmente dijo: "que, tenga por presentado este escrito, lo admita y declare la nulidad de la Orden del Ministro de Justicia de 29 de agosto de 2016, por el que se expide el título de Procuradora de los Tribunales a favor de doña Sara , con expresa imposición de las costas a las partes codemandadas,".
2 .- De la demanda se dió traslado al Sr. Abogado del Estado, quien en nombre de la Administración demandada contestó en un relato fáctico y una argumentación jurídica que sirvió al mismo para concretar su oposición al recurso en el suplico de la misma, en el cual solicitó: "que tenga por contestada la demanda deducida en el presente litigio y, previos los trámites legales, dicte sentencia por la que se desestime el presente recurso, confirmando íntegramente la resolución impugnada por ser conforme a Derecho, con expresa imposición de las costas al demandante" .
3.- Del expediente administrativo se dió traslado a la Procuradora Dñª. Elena Galán Padilla, en nombre y representación del codemandado Dñª. Sara , a fin d
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