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Procuradores

AP Madrid, Sec. 11.ª, 261/2018, de 26 de junio. Recurso 530/2017

Ponente: JESUS MIGUEL ALEMANY EGUIDAZU
SP/SENT/967965
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 La falta de personación de la procuradora dejando desierto el recurso de apelación es una conducta omisiva que infringe sus deberes específicos estatutarios
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 No todo incumplimiento resulta indemnizable ya que la responsabilidad civil tiene una función primordialmente compensatoria y no sancionadora
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 53 de Madrid se dictó Sentencia de fecha 08/05/2017 , cuyo fallo es del tenor siguiente:""Que desestimando la demanda presentada por la Procuradora DÑA. María Jesús Fernández Salagre en nombre y representación de DÑA. Coral debo absolver y absuelvo a DÑA. Diana y CASER de las pretensiones ejercitadas contra ellas con imposición a la parte actora de las costas del presente procedimiento.""
SEGUNDO.- Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, que fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a la parte contraria que formulo oposición, y, en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.
TERCERO. - En la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones legales.
CUARTO.- Siglario de esta sentencia: " CC ", Código Civil; " LAU 1964 ", Decreto 4104/1964, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Arrendamientos Urbanos; " LCS ", Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro; " LEC ", Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil y " STS 1ª ", sentencia del Tribunal Supremo, Sala Primera.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I
OBJETO DE APELACIÓN
1. A) Demanda .- D.ª Coral recibió la prestación profesional de la procuradora demandada D.ª Diana , asegurada en Caja de Seguros Reunidos, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. (en adelante, " Aseguradora "), para la defensa frente a una acción de denegación de prórroga de un arrendamiento de vivienda en la calle Manzanares de Madrid, regido por la LAU 1964, por no uso de la vivienda durante más de seis meses en un año. La sentencia fue estimatoria e, interpuesto el recurso de apelación, quedó desierto por transcurso del plazo de personación. La demandante sustenta su pretensión en una acción porresponsabilidad contractual de la procuradora por negligencia profesional y en la acción directa contra la Aseguradora, con suplico de condena a indemnizar 29 624,04 €; por la suma de daños materiales y morales, más intereses legales, así como las costas.
2. B) Sentencia recurrida .- En primera instancia, se desestimó la demanda. La Sentencia recurrida fundamentó su pronunciamiento en la inexistencia de una razonable certidumbre del éxito del recurso de apelación. El consumo de agua fue prácticamente inexistente en cuatro semestres y, al menos en el período entre abril de 2012 y marzo de 2013, no existió ninguna intervención médica de la demandante que justificara la ausencia de la vivienda.
3. C) Apelación de D.ª Coral .- La demandante interpone el recurs
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