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Inmobiliario: Compraventa y Arrendamientos Urbanos

SP/DOCT/120729

Artículo Monográfico. Noviembre 2022

Dies a quo del plazo de prescripción en acciones restitutorias consecuentes a nulidad de cláusulas por abusividad

D. Antonio Fraga Mandián. Magistrado-Juez del Juzgado del 1.ª Instancia n.º 8 de A Coruña
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Sobre la posibilidad de disgregar o disociar la nulidad por abusividad de las cláusulas y los efectos restitutorios consecuentes a tal ineficacia ya nos hemos pronunciado, en sentido negativo, en el artículo: "DISOCIACIÓN ENTRE NULIDAD Y RESTITUCIÓN (A propósito de la STJUE de 16 de julio de 2020 en los asuntos acumulados C-224/19 y C-259/19)" Revista Cronus Jurídico, julio 2020, Ed. Sepín.
Ciertamente, en el ATS de 22 de julio de 2021 (SP/AUTRJ/1116063), en el que se plantea una cuestión prejudicial comunitaria, se citan dos sentencias del Alto Tribunal que ya parecen dar a entender la posible separación, mas en la STS 747/2010, de 30 de diciembre (SP/SENT/539199), se analiza un supuesto muy singular (caso de la marca "Havana Club"), y se trata de una sola resolución, y en la STS de 27 de febrero de 1964 es un mero obiter dicta, pues el tribunal asume que se está ante un supuesto de anulabilidad y no de nulidad radical. Por otro lado, del planteamiento de la propia cuestión que lo es para que el TJUE esclarezca el dies, cabe inferir que, finalmente, el Tribunal Supremo optará por la disociación, sin embargo, tal pronunciamiento no se ha producido, con lo cual mantenemos los argumentos transcritos.
Y, en fin, en la hipótesis de diferenciar entre acción de nulidad y acción de reintegración, de acuerdo con lo establecido en el art. 1969 del CC, el inicio del cómputo del plazo prescriptivo, cuando no haya disposic
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