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Inmobiliario: Compraventa y Arrendamientos Urbanos

SP/DOCT/23015

Notas y Comentarios. Julio 2017

El precio de los alquileres de viviendas en Cataluña Orden GAH/142/2017, de 5 de julio

Daniel Loscertales Fuertes. Abogado
Gestión Documental
Comentario
La verdad es que no sé hasta donde piensan llegar las autoridades de Cataluña en su desafío a la legislación vigente en general en los temas en los que no tienen competencias. No entro en asuntos "mayores" que todos conocemos, pues posiblemente para el ciudadano normal estas cuestiones de la vivienda sean mucho más importantes que los temas de índole política.
Lo peor de todo es que son conscientes (por lo menos eso se supone) que cuando lleguen los temas a los Tribunales, estos anularán y dejarán sin efecto sus disposiciones, carentes de competencia, pero no les importa, así podrán decir que la justicia no funciona, como ya han dicho en el Ayuntamiento de Barcelona cuando el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha anulado la tasa del incremento del IBI a las viviendas vacías. Así lo ha determinado dicho Tribunal en la Sentencia 531/2017, de 30 de junio, también comentada por el que suscribe (SP/DOCT/23014), reiterando otra en el mismo sentido del año 2011, que naturalmente dicho Ayuntamiento no tuvo en cuenta. Esta actitud es realmente preocupante para defender esa necesaria e imprescindible seguridad jurídica, creando, a la postre, una situación de enfrentamiento entre arrendadores y arrendamientos fuera de lugar.
Antes de seguir, quiero reiterar lo dicho en una nota en el comentario que hice sobre la Ley 4/2016 (la cual no se podrá cumplir en multitud de aspectos, sobre todo relativos a la "mediación" y a la "actuac
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