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Inmobiliario: Compraventa y Arrendamientos Urbanos

SP/DOCT/82950

Opinión. Octubre 2019

Fianzas: importe, revisión y garantías adicionales según la fecha del contrato

Begoña Costas de Vicente. Directora Técnica de Sepin Arrendamientos Urbanos. Abogada
Gestión Documental
Lo cierto es que, con gran estupor y cierta inquietud, hemos llegado al sexto régimen jurídico aplicable a los arrendamientos de viviendas. El baile de los dos Reales Decretos-Leyes modificando la LAU 29/1994 entre los meses de diciembre de 2018 y marzo de 2019, con su laberíntico camino, aprobación, posterior no convalidación, pero en vigor para los contratos celebrados en un período concreto, sumando a los pocos meses otra modificación legislativa, no tiene parangón. Y esto sin olvidar que ambos se añadían a los cuatro regímenes ya existentes.
Una vez más esto supone, para los que nos ocupamos de los arrendamientos urbanos, extremar la atención a la fecha de cada contrato, pues cada uno tendrá distinto tratamiento jurídico con normas aplicables diferentes.
Y esto es lo que sucede con el tema que abordamos hoy, la fianza y las garantías adicionales. Estamos ante una de las modificaciones más importantes del Real Decreto-Ley 7/2019, de 1 de marzo, de Medidas Urgentes en materia de Vivienda y Alquiler, ya que establece límites muy estrictos que hasta este momento no existían, aplicables a los contratos firmados con posterioridad al 6 de marzo de 2019.
Señala el art. 36, apdo. 5, LAU 29/1994, reformada por RDL 7/2019: "5. Se establece la posibilidad de una garantía adicional, pero en los arrendamientos de vivienda de cinco o siete años de duración, el imp
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