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Inmobiliario: Compraventa y Arrendamientos Urbanos

AP Ávila, Sec. 1.ª, 8/2017, de 18 de enero. Recurso 807/2016

Ponente: JAVIER GARCIA ENCINAR
SP/SENT/889018
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 El párrafo segundo del apdo 3 de la DT Tercera LAU94 será aplicable únicamente cuando la subrogación haya tenido lugar en la persona de un descendiente, pero nunca cuando el subrogado es el cónyuge supérstite y éste continúe en la actividad
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO .- Por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 4 DE ÁVILA, se dictó sentencia de fecha 5 de mayo de 2016 , cuya parte dispositiva dice: "FALLO: QUE DESESTIMANDO íntegramente la demanda interpuesta por D. Gustavo representado por la Procuradora de los Tribunales Sra Jiménez Herrero y asistida por la letrada Sra Jiménez Herrero y parte demandada Dña. Melisa representada por el Procurador Sra Beatriz González en sustitución de Mata Grande y asistida del Letrado Sr Hernández Jiménez, absuelvo a la demandada de lo suplicado en el escrito de demanda y con expresa imposición de costas a la parte demandante".
Posteriormente con fecha 11 de mayo de 2016, por dicho Juzgado, se dicta auto aclaratorio de la sentencia dictada, cuya parte dispositiva acuerda: "Desestimar la petición formulada por la Procuradora Dª Carmen Mata Grande en nombre y representación de Dª Melisa de aclarar la sentencia de fecha 5 de mayo de 2016 dictada en el presente procedimiento.
Mantener y no variar el texto de la referida resolución".
SEGUNDO .- Contra mencionada resolución interpuso la parte demandante el presente recurso de apelación, que fue sustanciado en la instancia de conformidad con lo establecido en el art. 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil ; se elevaron los autos, correspondiendo a este Tribunal su resolución, dando lugar a la formación del presente rollo, no habiéndose celebrado vista pública ni prác
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