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Inmobiliario: Compraventa y Arrendamientos Urbanos

AP Huelva, Sec. 2.ª, 427/2017, de 17 de julio. Recurso 410/2017

Ponente: FRANCISCO JOSE MARTIN MAZUELOS
SP/SENT/921236
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 La cláusula suelo supera el control de incorporación pero no el de transparencia, sin que el hecho de haber existido una novación en el interés implique que el consumidor tuviera conocimiento de las consecuencias de su aplicación
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 Si bien la sentencia de instancia se dictó tras la STJUE 21/12/2016, en la demanda no se solicitó la devolución del total por la aplicación de la cláusula suelo, sino solo desde STS 9/5/2013, ni tampoco se amplió la petición en la audiencia previa
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. Se aceptan los de la resolución apelada.
SEGUNDO. Por el Juzgado de Primera Instancia indicado, con fecha 13 de marzo de 2017 se dictó sentencia , cuya parte dispositiva dice así: " Que debo ESTIMAR y ESTIMO la demanda formulada por D. Maximiliano contra la entidad CAJA RURAL DEL SUR. y en consecuencia:
1.- DECLARO la nulidad, por tener el carácter de abusivo por falta de transparencia, de la cláusula limitativa del interés variable que se contiene como condición primera en escritura pública autorizada por el Notario D. Federico Salazar el día 7/2/06 y como cláusula segunda en escritura pública autorizada por el Notario D. Federico Salazar el día 1/6/07, debiendo ser eliminada.
2.- CONDENO a la demandada a reintegrar al actor las cantidades percibidas como consecuencia de la aplicación de la cláusula suelo desde la fecha reclamada de 9/5/13, conforme a lo resuelto en el fundamento de derecho tercero de la presente resolución, más cantidades devengadas posteriormente a la interposición de la demanda por tal concepto, lo que conlleva que la entidad bancaria ha de recalcular el cuadro de amortización del préstamo hipotecario desde la fecha de la publicación de la Sentencia del Tribunal Supremo de 9/5/13 como si no hubiera estado incluida la cláusula en cuestión, rigiendo dicho cuadro en lo sucesivo hasta el fin del préstamo.
3.- Con expresa imposición de costas a la demanda
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