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Responsabilidad Civil, Seguro y Tráfico

TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 1.ª, de 13 de marzo de 2017. Recurso 137/2017

Ponente: JOSE JUAN SUAY RINCON
SP/AUTRJ/894187
Gestión Documental
 Garantías para responder de indemnizaciones a terceros en sentencias que ordenen la demolición (art. 108.3 LJCA), ¿requieren un procedimiento de responsabilidad patrimonial o incidente de ejecución de sentencia? Interés casacional
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria dictó auto de fecha 1 de septiembre de 2016 , por el que se acordaba continuar la ejecución, requerir al Ayuntamiento de Argoños, en la persona de su representante en el procedimiento, para que en el plazo de 30 días remita a esta Sala las escrituras de compraventa de los actuales propietarios, así como la certificación registral a la fecha actual de las viviendas familiares construidas, con amparo en la licencia de obras concedida por el Ayuntamiento de Argoños anulada en el procedimiento. Asimismo, acordaba requerir al Gobierno de Cantabria, en la persona de su representante legal, para que en el plazo de treinta días aporte a esta Sala proyecto de derribo de las ocho viviendas antes referidas.
SEGUNDO.- Interpuestos recursos de reposición contra el citado auto por parte de las representaciones del Ayuntamiento de Argoños y de la Comunidad Autónoma de Cantabria, por la Sala de Cantabria se dictó auto de fecha 24 de octubre de 2016 , por el que se desestimaban los mismos, confirmando la resolución recurrida.
TERCERO.- Por el Letrado de los Servicios Jurídicos de Cantabria se presentó escrito de preparación de recurso de casación contra el mencionado auto, en el cual, tras razonar sobre la presentación del recurso en plazo, su legitimación y la recurribilidad de la resolución, identificó como norma infringida el artículo 108.3 de la Ley de la Juris
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