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Responsabilidad Civil, Seguro y Tráfico

SP/DOCT/73298

Artículo Monográfico. Marzo 2018

Principales problemas relacionados con los suministros de electricidad y gas natural

María Gallego Igea. Abogada y Colaboradora con la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU). Arbitro en la Junta Arbitral de Consumo de la CAM
Gestión Documental
I. CAMBIOS DE COMERCIALIZADOR
Especial referencia a la contratación a domicilio y el derecho de desistimiento
Si una persona está pensando en ahorrar respecto al consumo de luz y gas, puede cambiar de comercializadora de energía, pero debe tener en cuenta varios puntos:
– Duración de contrato y aviso de rescisión
Los contratos en el mercado libre suelen tener una duración de un año y se renuevan por períodos anuales completos por lo que tendrá que tener en cuenta la fecha de contratación para saber en qué momento debe solicitarse su cancelación. En ese momento la comercializadora debe avisar con un mes de antelación, de la finalización del contrato.
Para pasar de la tarifa regulada (en luz, con la tarifa PVPC –Precio Venta al Pequeño Consumidor– y, en gas, con la Tarifa de Último Recurso) a mercado libre no es necesario dar un preaviso.
– Penalización por cancelar el contrato antes de tiempo
Hay que fijarse en las condiciones firmadas en el contrato. Si se desea cancelar el contrato antes de tiempo, probablemente, la comercializadora pueda penalizar al usuario. Las condiciones de la penalización han de figurar en el contrato firmado y no pueden exceder del 5 % del precio en contrato de la energía estimada pendiente de suministro.
En contratos por tiempo indefinido o de duración superior a un año, las condiciones de rescisión anticipada han de venir especificadas en contrato.
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