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Responsabilidad Civil, Seguro y Tráfico

TS, Sala Cuarta, de lo Social, 1/2017, de 3 de enero. Recurso 1849/2015

Ponente: MARIA LOURDES ARASTEY SAHUN
SP/SENT/886325
Gestión Documental
 Prejubilaciones de un ERE; contrato de seguro para hacer frente a rentas complementarias de las prestaciones públicas durante la prejubilación; el abono de la póliza comporta el desplazamiento de la responsabilidad a la compañía aseguradora
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha 14 de marzo de 2014 el Juzgado de lo Social nº 13 de Madrid dictó sentencia , en la que se declararon probados los siguientes hechos:
« 1º .- El actor, D. Mateo , nacido el NUM000 /1952, prestó. servicios por cuenta de la empresa POLISEDA SL con- una antigüedad del 10/05/1976 y con un salario mensual (en diciembre de 2007) de 2.977,91 euros con prorrata de pagas extraordinarias.
Su relación laboral finalizó en virtud de la resolución -de fecha 04/01/2008 dictada en- el ERE NUM001 ; esta resolución autorizó a la empresa a la extinción de los contratos de trabajo de un máximo de 127 trabajadores relacionados en el anexo del Acta Final; el actor fue relacionado en la lista de personal afectado por el ERE.
2º.- En el Acta Final de Acuerdo de fecha 3 de enero de 2008 se pactaron dos medidas: un plan de prejubilaciones y unas extinciones indemnizadas.
El actor fue incluido en el plan de prejubilaciones y no optó por la extinción de su contrato de trabajo.
3º.- Las condiciones del plan de prejubilación fueron las siguientes:
"El Plan de Prejubilaciones será obligatorio y de aplicación exclusivamente a aquellos afectados, de POLISEDA, que tengan 52 ó más años cumplidos a 31.01.2008, y cuya antigüedad en la empresa sea superior a tres años, que constan indicados nominativamente en el Anexo 1 del present
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