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Asesor Fiscal

SP/DGT/60116

Consulta DGT V0235-17, de 31 de enero de 2017. Vinculante

¿Está obligado el consultante a solicitar a dichos no residentes la comunicación del número de identificación fiscal (NIF)?

SG de Tributos
Gestión Documental
Normativa
Ley 58/2003, Disposición adicional 6ª
Real Decreto 1065/2007, arts. 27 y 28
Descripción
El consultante, según sus manifestaciones, es una entidad de crédito que, en el marco de su actividad desarrolla distintas operaciones con no residentes (depósitos, préstamos, custodio de títulos, entre otras).
Cuestión
¿Está obligado el consultante a solicitar a dichos no residentes la comunicación del número de identificación fiscal (NIF)?
Contestación
La disposición adicional sexta.1, párrafo primero de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, (BOE de 18 de diciembre), (en adelante LGT), establece que:
"1. Toda persona física o jurídica, así como las entidades sin personalidad a que se refiere el apartado 4 del artículo 35 de esta Ley, tendrán un número de identificación fiscal para sus relaciones de naturaleza o con trascendencia tributaria.".
Por otro lado, el artículo 28.1 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio (BOE de 5 de septiembre), en adelante RGAT, establece que:
"1. Las personas o entidades que realicen operaciones con entidades de crédito españolas o que operen en España mediante sucursal o en régimen de libre prestación de servicios, deberán comunicarles su número de identificación fiscal de acuerdo con lo previsto en la disposición adicional sexta de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en este artículo.".
A la vista de lo anterior, en la medida en que el obligado tributario sea una persona o entidad y pueda ser titular de relaciones de naturaleza o transcendencia tributaria deberá ser titular de NIF a efectos de su correcta utilización legal.
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