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Asesor Fiscal

SP/DGT/80748

Consulta DGT V0308-23, de 16 de febrero de 2023. Vinculante

En el caso de cumplimiento de los requisitos para la aplicación de la tributación mínima regulada en el artículo 30 Bis de la LIS, y existencia de deducciones de I+D+i pendientes de aplicación en los ejercicios 2022 y siguientes las cuales cuentan con el correspondiente informe motivado, ¿podrá la consultante aplicar la opción del artículo 39.2 de la LIS? En caso positivo ¿En qué términos procedería aplicar dicha opción?

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
Gestión Documental
Normativa
LIS Ley 27/2014 arts. 30 bis, 39-2
Descripción
La entidad consultante tiene deducciones por realización de actividades de I+D+i pendientes de aplicación tras la presentación de la autoliquidación correspondiente al ejercicio fiscal 2021, las cuales gozan del correspondiente informe motivado. A raíz de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, se ha modificado la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, que modifica al artículo 30 de la misma, añadiendo el artículo 30 bis, afectando a la manera de aplicación de las deducciones por realización de determinadas actividades.
En relación con el ejercicio 2022, la entidad consultante cumple con los requisitos a que alude el artículo 30 bis de la LIS para la aplicación del tipo mínimo, planteándose aplicar en el Impuesto sobre Sociedades del período impositivo 2022, que presente cuando corresponda, las deducciones por realización de actividades de I+D+i pendientes de aplicación en periodos futuros según la autoliquidación de dicho impuesto del período impositivo 2021, y el ejercicio de la opción establecida en el artículo 39.2 LIS respecto a las mismas, habida cuenta que cumpliría los requisitos para su aplicación.
Cuestión
En el caso de cumplimiento de los requisitos para la aplicación de la tributación mínima regulada en el artículo 30 Bis de la LIS, y existencia de deducciones de I+D+i pendientes de aplicación en los ejercicios 2022 y siguientes las cuales cuentan con el correspondiente informe motivado, ¿podrá la consultante aplicar la opción del artículo 39.2 de la LIS? En caso positivo ¿En qué términos procedería aplicar dicha opción?