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Asesor Fiscal

SP/DOCT/121416

Artículo Monográfico. Enero 2023

La arbitraria actuación de la Comisión Europea en los procedimientos de infracción. Comentario al asunto Ikea y Decathlon

Isaac Ibáñez García. Abogado
RESUMEN

La Decisión de la Defensora del Pueblo Europeo de 16 de diciembre de 2022 (asunto Ikea y Decathlon) nos revela un bochornoso caso de mala administración de la Comisión Europea, con un procedimiento de infracción que permanece abierto durante más de trece años, en el que además se hace un indebido alarde de su pretendido “poder discrecional” y que tiene todos los ingredientes de una práctica arbitraria que incurre en la desviación de poder.
Este asunto pone de manifiesto la necesidad de una regulación, a través de una norma vinculante, del procedimiento de infracción y del procedimiento administrativo general, como viene exigiendo el Parlamento Europeo, que tiene aprobadas las siguientes propuestas: de adopción de un Reglamento que regule el procedimiento de infracción, así como la elaboración de una Ley de Procedimiento Administrativo.

PALABRAS CLAVE

Arbitrariedad; Comisión Europea; Defensor del Pueblo Europeo; desviación de poder; mala administración; procedimiento de infracción.

Gestión Documental
I.- Resumen del asunto que Ikea y Decathlon plantean a la Defensora del Pueblo Europeo
"Cada vez que un derecho o un poder cualquiera, incluso discrecional, es concedido a una autoridad o a una persona de derecho privado, este derecho o este poder será censurado si se ejerce de una manera irrazonable. Este uso inadmisible del derecho será calificado técnicamente de formas variadas como abuso de derecho, como exceso o desviación de poder, como iniquidad o mala fe, como aplicación ridícula o inapropiada de disposiciones legales, como contrario a los principios generales del Derecho comunes a todos los pueblos civilizados. Poco importan las categorías jurídicas invocadas. Lo que es esencial es que, en un Estado de Derecho, desde que un poder legítimo o un derecho cualquiera es sometido al control judicial, podrá ser censurado si se ejerce de una manera irrazonable y, por tanto, inaceptable… Ningún derecho puede ejercerse de una manera irrazonable, pues lo que es irrazonable no es Derecho". PERELMAN Nota .
"Sólo lo razonable es conforme a Derecho. Ni la Administración, ni los jueces, ni los juristas en general podemos escapar de esta lógica, eludir esta idea". TOMÁS RAMÓN FERNÁNDEZ -->
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